¿Qué información te debe dar el Agente de Seguros?

Los Agentes de Seguros deberán proporcionar a la persona que esté interesada en contratar un Seguro de Vida, así como a las compañías Aseguradoras con las que colaboren, la información que establezca el Reglamento de Agentes de Seguros y Fianzas (RAS) considerando los siguientes puntos principales:

  1. Dar Información sobre sí mismos y sobre el Seguro a contratar a la persona interesada.
  2. Dar información adecuada y suficiente a la Aseguradora para que esta valore el riesgo adecuadamente.
  3. Debe informar acerca de la forma en la cual se estarán cobrando las primas correspondientes en caso de contratar.
  4. Informar a los interesados acerca de las comisiones que recibirá por la comercialización de los Seguros de Vida.

¿Que información debe dar al contratante?

  1. Datos generales del Agente tales como: Nombre completo, tipo de autorización, número y vigencia de su cedula, su domicilio.
  2. Explicar el alcance real de la cobertura del Seguro, además de la forma de como conservarla o darla por terminada, esta información ha de ser amplia y detallada.
  3. Que no puede aceptar riesgos por sí mismo.
  4. Dar información precisa de los productos que proponga y recomiende contratar en cuanto a condiciones, exclusiones, riesgos, beneficios, derechos y obligaciones consignados en el contrato.
  5. Sus atribuciones y alcances en la cobranza.

¿Que información debe dar a la Aseguradora?

  1. Señalar en la solicitud de Seguro todos los hechos importantes que influyan en la medición del riesgo por parte de la Aseguradora.
  2. Proporcionar toda la información que este en su conocimiento que influya directamente en las condiciones de la póliza que se solicita, así como en las primas a cobrar.

En cuanto al cobro de primas, los Agentes de Seguros solo las podrán cobrar contra la entrega del recibo oficial expedido por la aseguradora, caso en el cual se entenderán recibidas directamente por las mismas.

Podrán aceptar cheques como medio de pago, los cuales deberán ser nominativos a favor de la compañía Aseguradora.