Es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico (SHCP) con autonomía técnica y facultades ejecutivas. Su función primordial es regular, supervisar y vigilar a compañías Aseguradoras y Afianzadoras; ademas cuenta con su propia legislación y circulares.
Funciones de la CNSF
- La autorización de intermediarios de Seguro directo y Reaseguro.
- Supervisar la solvencia de las instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas de Seguros y Fianzas.
- Apoyar al desarrollo del sector asegurador y afianzador
- La supervisión y vigilancia en la inversión de las reservas técnicas de las instituciones y sociedades mutualistas de Seguros.
Facultades de la CNSF
- Funcionar como órgano de consulta de la SHCP tratándose del sector al cual atiende.
- Emitir las disposiciones que juzgue convenientes dentro del ámbito de sus facultades.
- Emitir normas orientadas a preservar la solvencia, liquidez y estabilidad financiera dentro de las instituciones de Seguros y Fianzas.
- Imponer sanciones administrativas derivadas de violaciones a las leyes reguladoras de u actividad, por parte de las instituciones y personas sujetas a su inspección.
La normativa legal que rige a la CNSF esta conformada por la Ley Orgánica de la Administración Publica, por la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, y el Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.